Alejandra Cuevas, crónica de una injusticia

El júbilo en las puertas de Pino Suárez 2 debe haber sido proporcional al enojo del fiscal, que esta vez se estrelló con la justicia.

Alejandra Cuevas, crónica de una injusticia
Leticia Bonifaz

Ayer por fin llegó el ansiado amparo liso y llano que dejó en libertad a Alejandra Cuevas y libre de toda responsabilidad penal a Laura Morán. Hacía tiempo que un caso no tenía la atención mediática y lograba la empatía social como éste.  Reconocer dónde hay una injusticia no es algo privativo de un juez. A él es a quien le hemos encomendado que determine formalmente las culpabilidades, pero el caso observado desde todos los puntos de vista se presentaba como una terrible injusticia derivada de un abuso de autoridad.

Laura Morán, una mujer adulta mayor acusada de homicidio de su concubino, también adulto mayor, por su cuñado Alejandro Gertz Manero, quien consideró que su hermano falleció porque Laura y Alejandra no le habían dado los cuidados necesarios. Alejandra estuvo presa por la supuesta comisión de un delito inexistente en el Código Penal. Vale recordar que, desde el 2016, dos ministerios públicos de la Ciudad de México decidieron no ejercer acción penal por no encontrar elementos probatorios suficientes. En 2019, ya con Gertz Manero como fiscal General de la República, el caso se reabrió. Vino la detención ilegal de Alejandra, los amparos y el ir y venir de los expedientes entre el fuero común y las impugnaciones en el fuero federal. Se pidió que el caso fuera atraído por la Suprema Corte.  Por ello, el 14 de marzo se presentó un proyecto que otorgaba un amparo para efectos que fue rechazado por la mayoría de los ministros. El asunto se returnó y el día de ayer fue discutido con la resolución que hoy celebramos.

Cabe resaltar que los hijos de Alejandra y nietos de Laura jugaron un papel importantísimo en la atención mediática del caso. Se plantaron frente al ministro presidente. Fueron incansables en su exigencia de justicia y finalmente, ayer, Alejandra volvió a su casa después de una estancia injusta de año y medio en Santa Martha Acatitla. Sus testimonios de lo que implica estar en prisión son sobrecogedores. Cada minuto debe haber sido un martirio.

Para los no abogados seguir las sesiones de la Corte resulta difícil no solo por lo especializado del lenguaje, sino porque cuesta trabajo interpretar  las líneas de argumentación. En el caso de Alejandra no había delito que perseguir y en el de Laura no se podía determinar que se hubiera dado la ausencia de cuidados o que esa ausencia hubiese provocado el deceso. Más bien se podía acreditar que sí se había contratado a personas ex profeso para esas tareas.

En el proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena se incluyó la perspectiva de adulta mayor. Esto me pareció muy importante porque es escasa en la jurisprudencia mexicana. Se concluyó que sí hay responsabilidad mutua de cuidados en el concubinato, pero, ¿qué tanto esta obligación la puede tener una persona de más de 90 años que requiere cuidados para sí misma? La señora Laura Morán hizo lo que estuvo a su alcance. No se le podía acreditar un delito de homicidio cometido por omisión en los cuidados. Su hija, que ni siquiera vivía en el domicilio, menos aún tenía responsabilidad penal. Sobre ella no recaía ninguna obligación de cuidado.

Por eso se resolvió primero el caso de Laura y se determinó que no había responsabilidad penal, y luego el de Alejandra, y se ordenó su inmediata libertad.

Un punto en el que no hubo acuerdo entre los ministros fue respecto a si debía aplicarse la perspectiva de género como proponía el proyecto. Para el ministro Láynez, el asunto sí requería ser visto con perspectiva de adulta mayor, pero, en este caso, era irrelevante la perspectiva de género. Normalmente, ęsta debe ser usada cuando hay asimetrías o cuando los estereotipos son clave para el ejercicio de un derecho, el cumplimiento de un deber o el fincamiento de una responsabilidad. En este caso, el estereotipo cabía respecto a que las labores de cuidado corresponden a las mujeres. Las posiciones que fijaron los ministros deben ser analizadas con cuidado para casos posteriores. Aunque existen protocolos, la obligatoriedad de un criterio para los tribunales inferiores depende de lo que los ministros decidan en pleno o en salas.

Ayer se cerró una página oprobiosa en la historia de la justicia en México. Al final, la Corte hizo su trabajo y se mostró como un tribunal independiente. Solo el ministro González Alcántara planteó la reparación integral del daño. Sabemos que lo que han sufrido estas mujeres y sus familias no tiene reparación posible, pero el derecho debe buscar de alguna manera compensar.

El júbilo en las puertas de Pino Suárez 2 debe haber sido proporcional al enojo del fiscal, que esta vez se estrelló con la justicia. La pregunta insistente es si habrá alguna responsabilidad para él y la respuesta que puede darse es que no queda en el campo del derecho porque la viabilidad jurídica iría acompañada de voluntad política. ¿Existirá?

@leticia_bonifaz

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