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Por Ariadna Camacho Contreras

La justicia alternativa no es una moda jurídica: es una forma de devolverle humanidad a la justicia. Resolver conflictos a través del diálogo, la mediación o la conciliación implica reconocer que no todos los desacuerdos requieren la intervención de un juez, sino un espacio donde las partes puedan dialogar y construir acuerdos. Desde tiempos antiguos, las personas solucionaban sus diferencias con la ayuda de terceros imparciales. Lo que hoy llamamos justicia alternativa tiene sus raíces en la necesidad más básica de convivir en paz.

Con el desarrollo de los Estados modernos, esa práctica fue desplazada por los tribunales formales. Pero hacia la segunda mitad del siglo XX, la sobrecarga judicial y la demanda de una justicia más cercana a la gente reabrieron la puerta a los mecanismos alternativos. Así, en 1976, el profesor Frank E. A. Sander, de Harvard, presentó su propuesta en Estados Unidos sobre el multi-door courthouse, o tribunal de múltiples puertas, donde cada conflicto encuentra una salida distinta.

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Mujeres al frente del debate, abriendo caminos hacia un diálogo más inclusivo y equitativo. Aquí, la diversidad de pensamiento y la representación equitativa en los distintos sectores, no son meros ideales; son el corazón de nuestra comunidad.