Por Lourdes Encinas Moreno
El 5 de junio de 2009 ocurrió un incendio en la Guardería ABC en Hermosillo, que dejó 49 niñas y niños muertos y 106 con lesiones de diversa gravedad. El fuego inició en una bodega contigua, rentada por la Secretaría de Hacienda del Gobierno de Sonora.
Este texto ofrece un breve recuento del proceso jurídico derivado de ese hecho.
- Fueron procesadas 22 personas por homicidio y lesiones culposas, incluyendo empleados del gobierno municipal, del estatal, de la delegación del IMSS en Sonora y socios de la guardería.
- En 2016, el Juez Primero de Distrito de Hermosillo dictó las primeras sentencias condenatorias contra los 22 procesados, aplicando un llamado “criterio novedoso” que acumulaba penas por cada víctima, alcanzando hasta 29 años de prisión.
- Todas las sentencias fueron impugnadas ante instancias superiores hasta llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). En 2022, la Corte otorgó un amparo liso y llano a 12 de los procesados, exonerándolos de toda responsabilidad.
- En esa misma resolución, la SCJN instruyó al Tercer Tribunal Unitario del Quinto Circuito a revocar las sentencias de las 10 personas restantes y emitir nuevas resoluciones, eliminando el llamado “criterio novedoso”. Las penas se redujeron al mínimo legal, sin posibilidad de acceder a sustitutivos de condena.
- Desde 2022, diez personas cuentan con sentencia condenatoria firme e inapelable, que deben cumplir en prisión por el tiempo estipulado, además de cubrir la reparación del daño.
- Las madres y padres de las víctimas denuncian que, en tres años, las autoridades no han ejecutado ninguna de estas sentencias.
- Sólo hay una persona actualmente presa por este caso. Noemí López Sánchez, exjefa del Departamentos de Guarderías de la Delegación del IMSS. Ella voluntariamente se entregó y lleva casi un año internada en el Cereso de Hermosillo, cumpliendo una pena de 8 años, 10 meses y 15 días de cárcel.
La detención de Sandra Téllez
- La Guardería ABC tenía tres socios y un representante legal, quienes fueron vinculados a proceso desde el inicio. Sin embargo, en una etapa temprana, Marcia Gómez del Campo y Gildardo Urquídez Serrano fueron exonerados bajo el argumento de que únicamente eran socios capitalistas.
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