Bad Bunny vs. Artificial Bunny

Mientras la tecnología avanza al ritmo de un dembow, la legislación avanza al paso de una balada romántica.

Bad Bunny vs. Artificial Bunny
Pamela Sandoval

Por Pamela Sandoval

La fusión de la inteligencia artificial (IA) con la creatividad humana ha detonado un explosivo debate jurídico y ético, especialmente tras el sorprendente episodio en que una IA 'compuso' una canción al estilo de Bad Bunny. Este caso no solo ha puesto a bailar a la comunidad legal sino que también ha puesto los reflectores sobre los grises del derecho de autor en México.

En la esquina legal, la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) mexicana establece que las obras literarias y artísticas son protegidas, enfocándose en la originalidad y en la expresión de las ideas, pero no en las ideas mismas. Entonces, ¿qué ocurre cuando una IA se convierte en el 'compositor', replicando a un artista sin su consentimiento? Aquí es donde la batuta del legislador titubea, pues la IA, al carecer de humanidad, queda fuera del dueto de autoría que la LFDA reconoce.

El caso se complica cuando consideramos que la IA podría estar 'aprendiendo' de la obra protegida de Bad Bunny para crear algo nuevo. ¿Es esto una transformación permitida o un plagio de alta tecnología? La frontera es difusa y nuestra LFDA no cuenta con las coordenadas para navegar este nuevo océano digital.