Por Thelma Elena Pérez Álvarez*

En una columna anterior, abordé la necesidad de atender la relación entre retrocesos de garantías básicas, como la libertad de expresión y el derecho a la privacidad, con la nueva Ley Telecom y la vigilancia digital que el Estado realiza bajo argumentos como garantizar la seguridad nacional, gestionar la seguridad pública, investigar delitos o prevenir y combatir a la ciberdelincuencia.
Retrocesos que se materializan en lo documentado por medios como Opinión 51 y organizaciones como Artículo 19 y la Red de Defensa de los Derechos Digitales sobre ataques a la libertad de expresión ejecutados con mayor frecuencia y gravedad hacia ciudadanía y periodistas, justificados por autoridades electorales como violencia política en razón de género. Ahí están los casos de periodistas como Ángel Camarillo, en Veracruz; Jorge Luis González, en Campeche; Héctor de Mauleón y el tuit de Laisha Wilkins.
Igualmente, los ataques dirigidos a Carla Estrella y a Celia del Palacio Montiel, quienes fueron censuradas por autoridades electorales por ejercer violencia política en razón de género por cuestionar presuntos casos de nepotismo político vinculados a candidatas del Partido del Trabajo en Sonora y a la alianza del Partido Verde y Morena en Teocelo, Veracruz.
Los casos anteriores permiten entrever interacciones que encienden las alarmas. Una es la relación entre la censura y el uso distorsionado de la figura de violencia política en razón de género. El 13 de julio el Instituto Nacional Electoral dio a conocer el registro de 478 personas sancionadas por ejercer esta violencia. Voces críticas subrayan que este uso indebido de la norma banaliza y desprestigia la figura jurídica y puede debilitarla en casos reales de violencia política.
Otra interacción inquietante es una suerte de legalización del espionaje a través de actividades de vigilancia digital como el ciberpatrullaje y el perfilamiento, sin las cuales las sanciones de los casos anteriores no se podrían llevar a cabo. Dichas actividades son reconocidas desde 2022 por el Consejo de Derechos Humanos de la ONU como una vulneración a los derechos humanos, por ejemplo, al “patrullar” redes socio digitales como si fueran calles y recolectar información de usuarias y usuarios para clasificarles según sus opiniones.
Pero ojo, no solo es la Ley Telecom, la cual, por ejemplo, vinculará la CURP a la línea telefónica y permitirá el acceso a datos y ubicación a diversas instituciones sin transparencia o rendición de cuentas.
Recientemente, Artículo 19 hizo un recuento sobre reformas a otras leyes que permitirán al gobierno acceder y utilizar nuestros datos personales. Tal es el caso de la Ley General de Población y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada, que permitirán, a través de la CURP, acceder a la información biométrica (huellas, foto, sexo o género) y será necesaria para hacer trámites y acceder a servicios públicos y privados.
La Ley de la Guardia Nacional permitirá al ejército acceder a datos personales, datos conservados (información sobre usuario, conexión, ubicación y navegación) y ubicación en tiempo real sin controles ni orden judicial.
La Ley del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública decretan la interconexión de bases de datos nacionales e internacionales públicas y privadas para que las autoridades accedan a ellas sin controles.
Todo lo anterior preocupa en función del retroceso a la libertad de expresión, el derecho a la privacidad y el acceso a la información que estas leyes suponen, así como del acceso, uso y manejo discrecional que el gobierno podría tener sobre nuestra información más personal.
Además, visto lo visto, en los casos relacionados con censura y violencia política en razón de género, la ciudadanía queda en un estado de vulnerabilidad sin precedentes al ejercer su derecho al pensamiento crítico, expresarse y cuestionar el proceder de sujetos que aspiran a un cargo en el servicio público.
En 1975, Michel Foucault escribió el libro Vigilar y castigar. Nacimiento de la prisión, donde metaforiza sobre el poder disciplinario y la vigilancia practicada a través del panóptico, modelo arquitectónico utilizado en prisiones, y ejemplifica cómo una vigilancia y disciplina constantes normalizan la autocensura y transforman a los individuos en vigilantes.
Hoy estamos en el panóptico digital donde corporaciones tecno feudales y gobiernos ejercen control y vigilancia en nuestras redes socio digitales y plataformas con o sin nuestro consentimiento, al tiempo que promueven la polarización y la cancelación.
Parece que esta aprobación de leyes sobre vigilancia digital y los castigos registrados hasta el momento son una suerte de acentuación de un mensaje para asimilar y ajustarse por decreto a estas nuevas normas y con ello intentar que periodistas y ciudadanía terminen por autocensurarse en exponer o cuestionar casos de posible corrupción relacionada con quienes aspiran a representarnos.
Además de lo anterior, preocupa el manejo ilegal de información expuesto a través del centro de monitoreo clandestino que interceptaba ilegalmente las cámaras de videovigilancia del C4 en Ecatepec, el cual presumiblemente operaba desde 2023 o 2024 y estaría relacionado con un desvío por 20 millones de pesos del proyecto de vigilancia Jaguar 2.0, impulsado en 2022 por el entonces alcalde de Ecatepec, actualmente diputado del Partido del Trabajo, Fernando Vilchis, quien el 2 de agosto declaró que la bodega era únicamente almacén de equipo… Sigamos atentas.
*Docente en comunicación digital, publicidad y marketing en universidades de España y México. Trabaja activamente para que el Estado mexicano garantice el derecho humano a la alfabetización mediática e informacional.
Las opiniones expresadas son responsabilidad de sus autoras y son absolutamente independientes a la postura y línea editorial de Opinión 51.

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