Por Integrantes del Consejo de la Asociación Mexicana de Comunicadores (AMCO) (Susana Cáceres, Andrea Castro, Paola Fontanelli, Loreley Maldonado y Lorena Villarreal).
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La propuesta de Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, actualmente sometida a consulta pública por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, representa uno de los intentos regulatorios más importantes de los últimos años por redefinir la relación entre los medios y las audiencias.  

Su objetivo, en el papel, busca fortalecer la protección de quienes consumen contenidos audiovisuales en un entorno mediático cada vez más complejo, caracterizado por sobreinformación y desinformación y donde las fronteras entre opinión, información, publicidad y entretenimiento son cada día más difusas.

Aunque el proyecto establece expresamente que sus disposiciones no podrán utilizarse para restringir la libertad de expresión, surgen muchas dudas al respecto de su aplicación.

La experiencia internacional demuestra que normas redactadas con buenas intenciones pueden derivar en interpretaciones excesivamente amplias por parte de las autoridades o generar incentivos para que los propios medios de comunicación adopten mecanismos de autocensura ante el temor de posibles sanciones. 

Las comunicadoras y comunicadores de México estamos llamados a hacer un exhaustivo análisis sobre las implicaciones que podría tener la implementación de estos lineamientos. Reconocemos que detrás de esta iniciativa hay una preocupación real y compartida por buena parte del gremio de la comunicación sobre la protección de las audiencias. 

El propio anteproyecto identifica el riesgo de que se difundan noticias falsas (fake news) y hechos pasados presentados como si fueran actuales, un fenómeno que hoy en día se ha vuelto mucho más grave con la disponibilidad de herramientas tecnológicas capaces de generar audios y videos sintéticos indistinguibles del contenido real. Los deepfakes y la desinformación fabricada con estas tecnologías representan una amenaza genuina para la confianza pública, y como gremio nos tomamos muy en serio este debate.

 Precisamente porque coincidimos en la gravedad del problema, consideramos importante distinguir con precisión entre dos cosas que esta iniciativa corre el riesgo de tratar como si fueran una sola.  

Un contenido generado o alterado digitalmente para engañar a la audiencia sobre su origen o veracidad es un tema de autenticidad, que se combate con herramientas específicas como el etiquetado obligatorio de material generado con inteligencia artificial, protocolos técnicos para la verificación y campañas de alfabetización digital.

Una decisión editorial sobre qué información difundir, qué voces incluir o cómo interpretar un hecho es un ejercicio periodístico distinto, protegido por el Artículo Sexto Constitucional, y no debería quedar sujeto a los mismos mecanismos de revisión que un contenido fabricado con inteligencia artificial. Combatir los deepfakes no requiere que una autoridad gubernamental tenga la última palabra sobre la línea editorial de un noticiero o la información que éste debería incluir.

De fondo, ese es nuestro principal señalamiento sobre el diseño actual de estos lineamientos. Si un medio no atiende la recomendación de su propia defensoría de audiencias, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones puede intervenir y, en última instancia, aplicar sanciones. Ese mecanismo necesita criterios acotados para que la revisión de una autoridad gubernamental no termine sustituyendo, en los hechos, las decisiones editoriales. La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito ha planteado la misma inquietud en términos jurídicos, y la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) ha señalado que la falta de definiciones precisas sobre qué constituye información falsa o descontextualizada abre un margen de discrecionalidad que conviene cerrar antes de la versión final. 

Ninguna de estas observaciones cuestiona la buena fe con la que el Ejecutivo federal ha presentado el proyecto, ni la insistencia de la propia Presidenta Sheinbaum en que no se trata de un mecanismo de censura. Las planteamos porque forman parte del trabajo técnico que corresponde hacer durante una consulta pública, y porque en AMCO creemos que el mismo objetivo, proteger a las audiencias frente a la desinformación y los contenidos manipulados con nuevas tecnologías, se logra mejor con herramientas proporcionales al problema que se quiere resolver, sin ampliar de manera innecesaria la facultad del Estado para intervenir en el trabajo editorial de la prensa.

Por eso hacemos un llamado a nuestras y nuestros colegas comunicadores, a los medios, a las audiencias y a la ciudadanía interesada, a participar de manera activa en el periodo de consulta que permanecerá abierto hasta el 21 de agosto. 

Presentar observaciones técnicas y propuestas ante la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones es hoy la vía más constructiva para que estos lineamientos terminen combatiendo la desinformación y protegiendo a las audiencias, sin comprometer, ni siquiera de manera indirecta, la libertad de expresión que corresponde defender a toda sociedad democrática.

La protección de derechos no debe convertirse en una barrera que dificulte la sostenibilidad de quienes producen información. La mejor regulación no es la que controla más, sino la que genera mayor confianza. Porque al final, una democracia fuerte necesita audiencias protegidas, pero también medios libres, independientes y capaces de ejercer el periodismo sin presiones indebidas.


Las opiniones expresadas son responsabilidad de sus autoras y son absolutamente independientes a la postura y línea editorial de Opinión 51.


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