Por Ariadna Camacho Contreras*
Junio es un mes en el que, para algunas personas, el Orgullo representa una conquista de libertades; para otras, es una oportunidad para reflexionar sobre qué tanto se ha avanzado en materia de derechos. Entre estas posiciones suele surgir una pregunta distinta: ¿qué le corresponde hacer a la justicia?
Ninguna sentencia ha logrado que alguien deje de odiar; ningún tribunal ha conseguido que una sociedad abandone todos sus prejuicios. Sin embargo, un sistema jurídico fuerte y acorde con la realidad sigue siendo indispensable para garantizar que las diferencias no se traduzcan en desigualdades jurídicas.
No debemos perder de vista que los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos son intrínsecos a las personas y no dependen de su género u orientación sexual, fungiendo como una garantía frente a la violencia o la indiferencia colectiva.
El conocido caso de Paola Buenrostro ofrece una reflexión importante. Ella era una persona trans que ejercía el trabajo sexual y fue víctima de un transfeminicidio. Cabe destacar que este caso estuvo marcado por la injusticia, los prejuicios, la discriminación y la violencia de género. Si bien se reconoció la existencia de violaciones a los derechos humanos en la investigación penal, lo cierto es que una justicia efectiva requiere sentencias acordes con la realidad y, sobre todo, resoluciones efectivas.
Es preciso señalar que el asunto fue resuelto en los Tribunales Colegiados vía amparo, pues la autoridad, a pesar de reconocer violaciones sustantivas a los derechos humanos, fijó una compensación limitada, sin dimensionar plenamente el contexto de violencia, discriminación e interseccionalidad del caso. Al determinar que el salario mínimo sería la base para la reparación del daño, minimizaba el ingreso real de la víctima, quien laboraba en un sector informal y enfrentaba una profunda discriminación estructural.
Así, el Poder Judicial, bajo una interpretación pro persona, decidió tomar como referencia el monto más favorable para la víctima: cinco mil pesos semanales. Con ello, el lucro cesante pasó de poco más de 51 mil pesos a un millón 777 mil 500 pesos, reconociendo el daño al proyecto de vida.
La diferencia no fue sólo una cifra, sino la forma de entender el problema. La justicia no cumple su función cuando ignora el contexto de cada persona; la cumple cuando es capaz de contemplar sus circunstancias particulares.
Quizá una de las tareas más difíciles del derecho no sea cambiar las convicciones de una sociedad, sino impedir que esos prejuicios encuentren refugio en las decisiones jurídicas. En una democracia pueden coexistir diferentes maneras de vivir, pero lo que no debe permitirse es que esas diferencias determinen cuánto vale una vida o cuánta justicia merece una persona.
En este mes debemos reflexionar sobre que la dignidad humana no depende de la aprobación de la mayoría, sino de la protección que el Estado está obligado a garantizar a todas las personas por igual, sin importar su edad, género, orientación sexual, religión o nivel educativo.
*Magistrada de Sala Superior integrante de la Junta de Gobierno y Administración en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Licenciada en Derecho por el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey, cuenta con estudios de Maestría en la Universidad de Southwestern Law School en Los Ángeles, California y en la Universidad Nacional Autónoma de México; se ha especializado en temas de Justicia Alternativa, Derecho Constitucional, Administrativo y Fiscal.
Las opiniones expresadas son responsabilidad de sus autoras y son absolutamente independientes a la postura y línea editorial de Opinión 51.

Comments ()