Por Pamela Sandoval*
Usar la cara de alguien sin permiso para vender siempre tuvo precio en México. La Ley Federal del Derecho de Autor fija, en su artículo 216 Bis, una indemnización mínima del 40% del valor del producto anunciado. El número lleva años en el papel. El problema nunca fue el porcentaje. Fue la aritmética.
Porque 40% de qué, exactamente. Las empresas tenían una respuesta cómoda: 40% de lo que queda después de restar costos. Producción, distribución, comercialización, márketing. Réstese todo eso del precio, y el 40% restante se vuelve una cifra que cabe en la caja chica. La indemnización existía, sí, pero amaestrada.
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